Publicado el 26/08/2013
Medio Ambiente
En Gaceta Oficial 40.235, el Ministerio de Comercio estableció la prohibición de importar, producir o comercializar neveras y congeladores nuevas o reconstruidas que no tengan el etiquetado de eficiencia energética.
Según el nuevo reglamento, se busca establecer la verificación de los índices de eficiencia energética, empleados para la conservación y congelamiento de alimentos y productos perecederos.
Con la nueva normativa, los aparatos de refrigeración deberán contar con una etiqueta de "energía" y los fabricantes nacionales e importadores deben estar inscritos en el Registro de Declaración de Eficiencia Energética que se lleva a cabo en el servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad y Reglamentos Técnicos (Sencamer).
La medida entrará en vigencia dentro de seis meses.
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