En la Gaceta Oficial se estable, entre otras cosas, que los prestadores de servicios turístico y agencias de viajes deben remitir mensualmente al ministerio de Turismo un listado con los turistas extranjeros que hayan atendido así como el monto de divisas de las operaciones efectuadas
Diario La Verdad | 18 de Junio 2014.- El ministerio de Turismo emitió una serie de normas que regirán la relación entre hospedajes y agencias de viaje con turistas extranjeros en el país, según se estableció en la Gaceta Oficial 40.435.
Entre otras cosas se establece que los prestadores de servicios turísticos de establecimientos de alojamiento turístico y agencias de viajes y de turismo deben remitir mensualmente al ministerio de Turismo un listado con los turistas extranjeros que hayan atendido así como el monto en divisas de las operaciones efectuadas.
Los datos de estos turistas deben coincidir con los asentados en el "Libro Oficial de Entrada y Salida de Huéspedes" que maneja el Saime.
Además, deben exigirles a los citados turistas que realicen pagos en moneda nacional "el comprobante de cambio legal de divisas".
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